Artículo 1. Objeto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-13.
Texto consolidado
Esta orden tiene por objeto la ordenación y aprobación de las relaciones de los puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la segunda fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal. Las relaciones de puestos de trabajo que se aprueban son las recogidas en el Anexo I.
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- → Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Ver la norma completa: Orden JUS/3/2018, de 5 de enero, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la segunda fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal, y se modifica la Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase.