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Orden Vigente 2 redacciones

Artículo 1. Aprobación del modelo 347.

Artículo 1 de la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación. · BOE-A-2008-16973

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-03.

Texto consolidado

1. Se aprueba el modelo 347 «Declaración anual de operaciones con terceras personas», de formato electrónico y cuyo contenido se ajustará a los diseños lógicos que figuran en el anexo de esta orden.

El número identificativo que habrá de figurar en el modelo 347 será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 347.

2. La presentación de las declaraciones complementarias o sustitutivas de otra declaración presentada anteriormente que se refieran al mismo período, se realizará de acuerdo con los requisitos técnicos que consten en el momento de la presentación en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la dirección electrónica https://sede.agenciatributaria.gob.es.

Esta modificación entra en vigor el día 3 de enero de 2022 y será aplicable por primera vez a la Declaración anual de operaciones con terceras personas correspondiente a 2021, según establece la disposición final única de la citada Orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-20577.

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