Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por la que se regula el currículo mixto de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, así como los requisitos para su obtención. · BOE-A-2010-12706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-08.
Texto consolidado
En desarrollo del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, esta orden tiene por objeto establecer, según lo acordado por las Partes, el currículo mixto integrador de los contenidos esenciales para el conocimiento de la lengua, de la cultura y de la realidad histórica, social y política de Francia, así como los requisitos para la obtención de la doble titulación en los centros españoles que deseen ofrecer estas enseñanzas.
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