Artículo 1.
Artículo 1 de la Orden de 4 de septiembre de 1998 para la aplicación del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, sobre mejoras estructurales y modernización de las explotaciones agrarias. · BOE-A-1998-21442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-09-12.
Texto consolidado
1. Los tipos mínimos de interés nominal anual resultante a satisfacer por los beneficiarios de los préstamos con bonificación de intereses, fijados en el 3 por 100 en el Real Decreto 204/1996 se reducen hasta el 1,5 por 100.
2. No obstante lo establecido en el apartado 1 anterior, la bonificación de intereses de los préstamos para la primera instalación de agricultores jóvenes o para la realización por éstos de un plan de mejora de la explotación, simultáneamente a aquélla o durante los cinco años siguientes a la misma, antes de cumplir los cuarenta años de edad, podrá aplicarse sobre el interés preferente en su totalidad.