El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 1. Objeto, fines y sede.

Artículo 1 de la Orden CUL/3065/2010, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el Estatuto del Ballet Nacional de España, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2010-18375

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-01.

Texto consolidado

1. Constituye objeto del presente Estatuto regular los objetivos, organización y funciones del Ballet Nacional de España, centro de creación artística y producción coreográfica del INAEM, organismo autónomo del Ministerio de Cultura, que tiene como misión preservar y difundir el rico patrimonio coreográfico español, recogiendo su pluralidad estilística y sus tradiciones, representadas por sus distintas formas: académica, estilizada, folclore, bolera y flamenca.

2. El Ballet Nacional de España tiene como fin transmitir este patrimonio inmaterial a las generaciones futuras para lo que se mantendrá y actualizará el correspondiente repertorio, facilitando el acercamiento de nuevos públicos e impulsando su proyección nacional e internacional en un marco de plena autonomía artística y de creación.

3. El Ballet Nacional de España tiene su sede permanente en la ciudad de Madrid siendo su ámbito natural de actuación el conjunto del Estado español.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-01.

Más artículos de Orden CUL/3065/2010

En El Vínculo puedes leer Orden CUL/3065/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.