El Vínculo El Vínculo.
Orden Derogada

Artículo 1. Tasas a percibir y cuantía de las mismas.

Artículo 1 de la Orden AUC/1139/2021, de 6 de octubre, por la que se establecen las cuantías de las tasas por la tramitación de visados. · BOE-A-2021-17204

Atención: Orden AUC/1139/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los derechos a percibir, correspondientes a los gastos administrativos de tramitación de la solicitud de visado, son:

Tipo de visado

Derechos a percibir (expresados en euros)

Visado de tránsito aeroportuario (tipo A).

80 euros

Visado de corta duración (tipo C).

80 euros

Visado expedido en frontera (tipos A y C).

80 euros

Visado nacional de larga duración (tipo D).

80 euros

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-11.

Más artículos de Orden AUC/1139/2021

En El Vínculo puedes leer Orden AUC/1139/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.