Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Orden APA/326/2007, de 9 de febrero, por la que se establecen las obligaciones de los titulares de explotaciones agrícolas y forestales en materia de registro de la información sobre el uso de productos fitosanitarios. · BOE-A-2007-3435
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-19.
Texto consolidado
La presente disposición tiene por objeto establecer los datos que se deben registrar como consecuencia de la utilización de productos fitosanitarios y otros plaguicidas para la protección de las cosechas destinadas a ser consumidas como piensos o alimentos, incluidas las fases de cultivo, almacenamiento y transporte, para cumplimiento de lo requerido por el Reglamento (CE) 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, en su artículo 4.1, y el Reglamento 183/2005, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que se fijan los requisitos en materia de higiene de los piensos, en su artículo 5.1.