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Orden Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Orden APA/24/2021, de 19 de enero, por la que se establecen medidas específicas de control para los desembarques de besugo (Pagellus bogaraveo) capturado con artes de palangre, voracera y línea de mano en el mar de Alborán y la zona regulada por la Orden AAA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (Pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el Estrecho de Gibraltar. · BOE-A-2021-884

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-22.

Texto consolidado

1. La presente orden tiene por objeto establecer un régimen de control de los buques de captura y desembarques de besugo (Pagellus bogaraveo) capturados con palangre, voracera y línea de mano en el mar de Alborán (GSAs 1 a 3) y área de regulación establecida en el artículo 1 de la Orden AAA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (Pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el Estrecho de Gibraltar.

2. El régimen de control regulado en la presente orden será de aplicación a los buques españoles que realicen capturas de besugo con artes de palangre, voracera y líneas de mano en las aguas exteriores de las zonas señaladas en el apartado 1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-22.

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