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Orden Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM). · BOE-A-2016-4349

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-06.

Texto consolidado

1. La presente orden tiene como objeto establecer la limitación de desembarques de capturas permitidos de la cuota de besugo (Pagellus bogaraveo) que cada año se le asigne a España entre los buques pesqueros españoles en las aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas CIEM VI, VII y VIII.

2. Será de aplicación a las embarcaciones de pabellón español que participen en la pesca de esta especie.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-05-06.

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