Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley del Principado de Asturias 10/2001, de 12 de noviembre, del Voluntariado. · BOE-A-2002-549
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-17.
Texto consolidado
La presente Ley tiene por objeto:
a) Promover, fomentar y ordenar la participación solidaria y altruista de los ciudadanos en actuaciones de voluntariado que se ejerzan en el ámbito territorial del Principado de Asturias, a través de entidades de voluntariado públicas o privadas.
b) Regular las relaciones que se establezcan entre las administraciones públicas, las entidades de voluntariado y los voluntarios.