Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón. · BOE-A-2007-1561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-14.
Texto consolidado
Esta ley tiene por objeto:
a) Establecer normas para asegurar en la Comunidad Autónoma de Aragón la calidad estándar de los alimentos producidos o comercializados en su territorio y su conformidad con la normativa que les es de aplicación, en defensa de la lealtad de las transacciones comerciales alimentarias y de los derechos e intereses legítimos de los productores agrarios, operadores económicos y profesionales del sector, así como de los consumidores finales.
b) Fomentar los alimentos de Aragón, en particular mediante las diferentes figuras de calidad diferenciada.
c) Establecer, en materia de calidad estándar y calidad diferenciada de los alimentos, las obligaciones de los operadores alimentarios en Aragón, así como regular la inspección y el control, y establecer el régimen sancionador.