Artículo 1. Creación.
Artículo 1 de la Ley 9/2003, de 6 de noviembre, de creación del Colegio Oficial de Logopedas de Andalucía. · BOE-A-2003-23109
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-26.
Texto consolidado
Se crea el Colegio Oficial de Logopedas de Andalucía como corporación de Derecho público, que adquirirá personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines cuando se constituyan sus órganos de gobierno.