Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados. · BOE-A-1979-870
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-02-01.
Texto consolidado
Se establece el Seguro Agrario Combinado de riesgos múltiples en la forma y con sujeción a las disposiciones de esta Ley.