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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Ley 8/2025, de 16 de diciembre, de Universidades Populares de Canarias. · BOE-A-2026-3013

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-24.

Texto consolidado

1. La presente ley tiene por objeto regular en la Comunidad Autónoma de Canarias la creación, desarrollo, seguimiento, evaluación y financiación de las universidades populares como proyectos formativos y culturales de carácter municipal de desarrollo específico de la normativa en materia de educación y formación permanente de personas adultas y de la normativa en materia de educación no universitaria en las islas en el marco del aprendizaje a lo largo de la vida.

2. El ámbito de aplicación de la presente ley viene referido a la educación y formación no reglada, no formal, el aprendizaje en contextos informales de personas adultas desarrollada en las universidades populares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-24.

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