Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud. · BOE-A-1986-12914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-30.
Texto consolidado
1. Para la gestión y administración de los servicios públicos de atención a la salud dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se crea el Servicio Andaluz de Salud, como Organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía adscrito a la Consejería de Salud y Consumo. Su estructura y funcionamiento, de conformidad con lo previsto en la presente Ley, se determinarán reglamentariamente.
2. Sus objetivos fundamentales serán:
a) La mejor utilización de los recursos disponibles en esta materia, a fin de elevar el nivel de salud de la población andaluza.
b) La prestación de sus servicios, bien de carácter individualizado o comunitario, a toda la población en la forma y condiciones determinadas legalmente para cada servicio.
c) El establecimiento de una organización adecuada para prestar una atención integral de la salud, comprensiva tanto de la prevención como de las acciones curativas y rehabilitadoras precisas.
d) La integración de todos loa recursos sanitarios públicos en un dispositivo funcional, y, en su caso, administrativo únicos.
3. La organización del Servicio Andaluz de Salud, así como sus funciones y competencias, se ajustarán a los principios siguientes:
a) Simplificación, racionalización, eficacia y coordinación administrativa.
b) Descentralización y desconcentración de la gestión.
e) Actuación con criterios de planificación y evaluación continuada, en base a sistemas de información actualizada objetiva y programada.
d) Distribución equitativa de la prestación de sus servicios a la población incluida en su ámbito territorial, tendente a superar las diferencias que puedan derivarse de condicionamientos económicos, sociales, geográficos o poblacionales.
e) Humanización en la prestación de los servicios y máxima consideración a la dignidad personal.
f) Participación democrática de los interesados.