Artículo 1. Extinción de la Cámara Agraria.
Artículo 1 de la Ley 7/2021, de 5 de julio, por la que se extingue la Cámara Agraria de Cantabria. · BOE-A-2021-12057
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-13.
Texto consolidado
1. La Cámara Agraria de Cantabria, regulada por la Ley de Cantabria 3/1998, de 2 de marzo, queda extinguida como Corporación de Derecho Público.
2. Serán integrados en la Comunidad Autónoma de Cantabria el resultante de la liquidación del patrimonio de la Cámara Agraria de Cantabria y el personal laboral que, en la fecha de entrada en vigor de esta ley, tuviera la condición de trabajador de la Cámara Agraria de Cantabria.