Artículo 1. Creación y denominación.
Artículo 1 de la Ley 7/2003, de 12 de marzo, de creación de la Comarca de la Comunidad de Teruel. · BOE-A-2003-6600
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-03.
Texto consolidado
1. Se crea la Comarca de la Comunidad de Teruel integrada por los municipios de Ababuj, Aguatón, Aguilar de Alfambra, Alba, Alfambra, Almohaja, Alobras, Alpeñés, Argente, Camañas, Camarillas, Cañada Vellida, Cascante del Río, Cedrillas, Celadas, Cella, Corbalán, Cubla, El Cuervo, Cuevas Labradas, Escorihuela, Fuentes Calientes, Galve, Jorcas, Libros, Lidón, Monteagudo del Castillo, Orrios, Pancrudo, Peralejos, Perales del Alfambra, El Pobo, Rillo, Riodeva, Santa Eulalia, Teruel, Tormón, Torrelacárcel, Torremocha de Jiloca, Tramacastiel, Valacloche, Veguillas de la Sierra, Villarquemado, Villastar, Villel y Visiedo
2. El territorio de la comarca es el constituido por el conjunto de los términos de los municipios que la integran.