Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 7/1987, de 8 de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-1987-13249
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-11-15.
Texto consolidado
1. Corresponde al Pleno de las Cortes de Castilla y León la designación de los Senadores previstos en el artículo 69.5 de la Constitución Española y a la que se refiere el artículo 24.5 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
2. Esta designación debe efectuarse en el plazo máximo de sesenta días contados a partir de la fecha de constitución de la nueva Cámara.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-19487.