Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
Artículo 1 de la Ley 6/2002, de 25 de junio, de Estadística de la Región de Murcia. · BOE-A-2002-19381
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-29.
Texto consolidado
1. Es objeto de la presente Ley la regulación de la actividad estadística pública de interés de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los términos expresados en el artículo 3 de esta Ley.
2. La presente Ley es de aplicación a la actividad estadística de interés de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia realizada por:
a) La Administración Pública regional y los organismos, entes y empresas dependientes de ella.
b) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los organismos, entes y empresas dependientes de ella.