Artículo 1. Objeto y finalidad.
Artículo 1 de la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15289
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-14.
Texto consolidado
1. Esta ley tiene por objeto articular el marco normativo para desarrollar las políticas de juventud y regular los derechos específicos de las personas jóvenes de las Illes Balears.
2. Es también objeto de esta ley regular y ordenar un sistema de servicios y equipamientos juveniles que dé respuesta a las necesidades de las personas jóvenes, potenciando su autonomía, emancipación y calidad de vida, en condiciones de igualdad entre mujeres y hombres.
3. La finalidad última de la ley es favorecer que las personas jóvenes puedan desarrollar su propio proyecto de vida y garantizar su participación activa en igualdad de derechos y deberes en la vida social, cultural, política y económica.