Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 1 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. · BOE-A-2008-9294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-09.
Texto consolidado
1. La presente ley tiene por objeto la erradicación de la violencia machista y la remoción de las estructuras sociales y los estereotipos culturales que la perpetúan, con la finalidad que se reconozca y se garantice plenamente el derecho inalienable de todas las mujeres a desarrollar su propia vida sin ninguna de las formas y ámbitos en que esta violencia puede manifestarse.
2. La presente ley establece medidas integrales respecto a la prevención y la detección de la violencia machista y de sensibilización respecto a esta violencia, con la finalidad de erradicarla de la sociedad, así como reconoce los derechos de las mujeres que la sufren a la atención, asistencia, protección, recuperación y reparación integral.