Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 5/1984, de 28 de junio, por la que se instituye el Día de Asturias. · BOE-A-1984-17575
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-07-07.
Texto consolidado
Se declara Día de Asturias la fecha del 8 de septiembre, que tendrá, a todos los efectos, carácter de fiesta regional.