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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón. · BOE-A-2014-8281

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

Texto consolidado

1. La presente ley tiene por objeto la regulación de las fundaciones bancarias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Quedan sujetas a las disposiciones de la presente ley las fundaciones bancarias con domicilio en Aragón cuyas funciones, consistentes en la atención y desarrollo de la obra social y la adecuada gestión de su participación en una entidad de crédito, se desarrollen principalmente en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-16.

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