Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 4/2010, de 23 de junio, de fomento del sector naval de Galicia. · BOE-A-2010-11488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-06.
Texto consolidado
El sector naval de Galicia, entendiendo por tal el conjunto de empresas que tienen por objeto la construcción, la reparación, el reciclaje y la transformación de buques y otros artefactos flotantes y su industria auxiliar, constituye, en los términos establecidos por la presente ley, un sector productivo estratégico para la economía de Galicia.