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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 de la Ley 4/2009, de 15 de junio, de control de precursores de drogas. · BOE-A-2009-9973

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-17.

Texto consolidado

El objeto de esta Ley es establecer el sistema de otorgamiento de licencias de actividad, así como el régimen sancionador aplicable en caso de infracción de las disposiciones contempladas en el Reglamento 273/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero, sobre precursores de drogas; el Reglamento 111/2005, del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países; y el Reglamento 1277/2005, de la Comisión, de 27 de julio, por el que se establecen normas de aplicación de los dos anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-06-17.

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