Artículo 1. Creación y naturaleza jurídica de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
Artículo 1 de la Ley 4/2008, de 24 de noviembre, por la que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. · BOE-A-2008-20584
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-03.
Texto consolidado
1. Mediante la presente Ley se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.
2. La Agencia Cántabra de Administración Tributaria es un ente autonómico de Derecho Público, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad y atribuciones para organizar y ejercer las funciones que determina esta Ley.
3. La Agencia está facultada para desempeñar potestades administrativas, y goza de autonomía funcional, financiera y de gestión en los términos establecidos en esta Ley.