El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 1.

Artículo 1 de la Ley 4/1981, de 18 de marzo, sobre Designación de Senadores representantes de Euskadi. · BOE-A-2012-5924

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-12.

Texto consolidado

La designación de los Senadores en representación del País Vasco y a los que se refiere el artículo 28, apartado a) del Estatuto de Autonomía, de 18 de diciembre de 1979, se efectuará por el Pleno del Parlamento Vasco, mediante el procedimiento que establece la presente Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-05-12.

Más artículos de Ley 4/1981

En El Vínculo puedes leer Ley 4/1981 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.