Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias. · BOE-A-1988-25332
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-11-23.
Texto consolidado
El alumbrado de exteriores, la instalación y funcionamiento de emisoras y el establecimiento de industrias, actividades o servicios productores de contaminación atmosférica, así como otros factores que se revelen degradantes de la calidad atmosférica de los observatorios en la isla de La Palma quedarán sujetos a las limitaciones establecidas en la presente Ley.