Artículo 1. Finalidad.
Artículo 1 de la Ley 3/1996, de 20 de junio, de Declaración de Parque Regional de la Sierra de Gredos. · BOE-A-1996-16708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-18.
Texto consolidado
Por la presente Ley se declara el Parque Regional de la Sierra de Gredos, con la finalidad de contribuir a la conservación de sus ecosistemas naturales y valores paisajísticos en armonía con los usos, derechos y aprovechamientos tradicionales, así como los derechos históricos de la población afectada y con el desenvolvimiento de actividades educativas, científicas, culturales, recreativas, turísticas o socioeconómicas compatibles con la protección del espacio.