Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 3/1989, de 6 de marzo, de Creación del Colegio de Podólogos de Cataluña. · BOE-A-1989-6349
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-03-28.
Texto consolidado
Se crea el Colegio de Podólogos de Cataluña, como Corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.