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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto de la ley.

Artículo 1 de la Ley 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico. · BOE-A-2024-11191

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-11.

Texto consolidado

La presente ley tiene por objeto:

a) El establecimiento de los principios y fundamentos que deben orientar las medidas y actuaciones dirigidas a afrontar el impulso demográfico del Principado de Asturias, en los aspectos relacionados tanto con la estructura de la población como con la distribución de la misma en el territorio, prestando especial atención a la pérdida de población, el despoblamiento y el abandono rural, a la corrección de los desequilibrios entre grupos de edad, a la vulnerabilidad y la desigualdad de los mismos y a la mejora de la cohesión territorial y social.

b) La coordinación de las distintas políticas sectoriales de la Administración del Principado de Asturias con incidencia en la cuestión demográfica.

c) La promoción de la participación y la actuación conjunta tanto con otras Administraciones públicas como con entidades del ámbito social y ciudadano.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-11.

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