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Ley Vigente

Artículo 1. Naturaleza y carácter.

Artículo 1 de la Ley 2/1997, de 19 de mayo, del Consejo Jurídico de la Región de Murcia. · BOE-A-1997-21767

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-10.

Texto consolidado

1. El Consejo Jurídico de la Región de Murcia es el superior órgano consultivo en materia de Gobierno y de Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

2. Ejerce la función consultiva con plena autonomía orgánica y funcional para garantizar su objetividad e independencia.

3. No está integrado en ninguna de las Consejerías ni Departamento de la Administración Regional.

4. Tiene su sede en la ciudad de Murcia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-10.

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