Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura. · BOE-A-1995-12743
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-30.
Texto consolidado
La finalidad de la presente Ley es la definición de los objetivos y principios, la ordenación de régimen jurídico y la organización institucional de la actividad física y el deporte en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en ejercicio de la competencia a que se refiere el artículo 7.1.18 del Estatuto de Autonomía.