Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja. · BOE-A-1995-6498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-16.
Texto consolidado
La presente Ley tiene por finalidad establecer el régimen legal para la protección y mejora de la flora y el patrimonio forestal de La Rioja y es de aplicación a todos los montes y terrenos forestales que radican en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.