Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 17/2001, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2002-2333
Atención: Ley 17/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley tiene por objeto la regulación, en el marco de la legislación básica, de las Cámaras de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.