Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán. · BOE-A-1990-19959
Atención: Ley 16/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La presente Ley restablece y actualiza la organización administrativa propia de Arán, de acuerdo con la disposición adicional primera del Estatuto de Autonomía de Cataluña.
2. Arán es una Entidad local territorial determinada por la agrupación de los territorios municipales de: Arres, Bausen, Es Bòrdes, Bossost, Canejan, Les, Naut Arán, Vielha e Mijaran y Vilamòs, que tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus finalidades.