Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía. · BOE-A-2000-1011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-29.
Texto consolidado
1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de las Cajas de Ahorros, tanto en sus aspectos de organización, como en los relativos a las actividades que desarrollen.
2. Estarán sometidas a la presente Ley las Cajas de Ahorros que tengan su domicilio social en Andalucía, tanto en sus aspectos de organización como en lo relativo a las actividades que desarrollen en Andalucía.
3. La presente Ley será asimismo de aplicación, en los términos establecidos en la misma, a las actividades que desarrollen en Andalucía las Cajas de Ahorros que tengan su domicilio social en otras Comunidades Autónomas.