Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre, del Taxi de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-15370
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-11.
Texto consolidado
1. El objeto de esta ley es regular el transporte público discrecional de personas viajeras en vehículos de turismo que se realice dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
2. Quedan exceptuados de la aplicación de esta ley:
a) El arrendamiento de vehículos de turismo con conductor.
b) Los transportes que se realicen en recintos cerrados dedicados a actividades distintas al transporte terrestre, salvo que puedan incidir en el sistema general de transportes.