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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto de la Ley.

Artículo 1 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-2708

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.

Texto consolidado

1. El objeto de esta Ley es promover las condiciones que hagan efectivo y real el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y remover los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud, en el ámbito de las competencias atribuidas a los poderes públicos de Castilla-La Mancha.

2. Asimismo, es objeto de esta Ley el establecimiento de medidas dirigidas a prevenir y combatir la discriminación por razón de sexo.

3. Se persiguen estos objetivos de la siguiente manera:

a) Regulando los principios de actuación de la Administración Regional en el ámbito de sus competencias.

b) Promoviendo la igualdad de género en las entidades públicas y privadas.

c) Estableciendo medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

d) Respetando la diferencia y la diversidad existente entre las mujeres y los hombres, y en los propios colectivos de mujeres.

e) Intensificando las medidas dirigidas a lograr la igualdad para aquellos colectivos en los que confluyan otras discriminaciones, además de por razón de sexo.

f) Adoptando medidas de acción positiva para compensar las desigualdades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-26.

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