Artículo 1. Creación y naturaleza.
Artículo 1 de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-2007-666
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.
Texto consolidado
Se crea el Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, como organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía, con personalidad jurídica y patrimonio propios, independientes de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.