Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 1/2020, de 3 de febrero, del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-4473
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-07.
Texto consolidado
1. Esta ley tiene por objeto definir el tercer sector social de Castilla-La Mancha (en adelante el tercer sector social), identificando el conjunto de entidades que lo integran, con respeto pleno a las disposiciones normativas específicas aplicables a cada una de ellas, y determinar las medidas que fomenten y fortalezcan dichas entidades en consideración a los fines que le son propios.
2. Asimismo, pretende impulsar la cooperación y colaboración de las entidades entre sí y con el sector público, promoviendo su participación y aportación cualificada en el ámbito de la intervención social en general y, en particular, en las políticas y sistemas de responsabilidad pública relacionadas con dicho ámbito.