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Ley Vigente

Artículo 1. Duración máxima de los procedimientos.

Artículo 1 de la Ley 1/2002, de 20 de marzo, de Adecuación de los Procedimientos de la Administración Regional de Murcia a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-2002-10229

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-31.

Texto consolidado

De conformidad con lo previsto en el artículo 42, apartado 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos administrativos que se citan en el anexo I será el que en el mismo se indica para cada uno de ellos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-03-31.

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