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Ley Vigente

Artículo 1. Duración de procedimientos y efectos del silencio.

Artículo 1 de la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos. · BOE-A-2001-11964

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-11.

Texto consolidado

1. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución expresa de los procedimientos recogidos en el anexo será el establecido en el mismo.

2. El vencimiento de dicho plazo máximo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa del procedimiento producirá los efectos señalados en el anexo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-04-11.

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