Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 1/1987, de 7 de abril, sobre el Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en Castilla-La Mancha. · BOE-A-1987-11484
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-18.
Texto consolidado
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley reguladora del Estatuto de la Radio y la Televisión, así como en el artículo 38 del Estatuto de Autonomía se crea el consejo asesor de RTVE en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.