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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 1. Definiciones.

Artículo 1 del Instrumento de ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y Ucrania, hecho en Madrid el 7 de octubre de 1996. · BOE-A-1998-8056

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-03-27.

Texto consolidado

1. Los términos que se enumeran a continuación tienen, en el presente Convenio, el siguiente significado:

a) Legislación.–Las leyes, reglamentos y demás disposiciones sobre la Seguridad Social de los trabajadores y miembros de sus familias, vigentes en el territorio de cada una de las Partes Contratantes.

b) Autoridad competente.–En España, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y en Ucrania el Ministerio de la Seguridad Social de la Población.

c) Institución competente.–El Organismo o Autoridad que debe entender en cada caso concreto, de conformidad con la legislación de las Partes Contratantes.

d) Trabajador.–Toda persona que como consecuencia de realizar o haber realizado una actividad laboral por cuenta ajena o propia está o ha estado sujeta a las legislaciones relacionadas en el artículo 2 del Convenio.

e) Familiar beneficiario.–Las personas definidas como tales por la legislación aplicable.

f) Prestación.–Cualquier prestación económica prevista por la legislación de las Partes Contratantes, incluidos sus complementos, suplementos y revalorizaciones.

g) Período de seguro o de trabajo.–Todo período definido como tal por la legislación bajo la cual se haya cumplido, así como los períodos considerados equivalentes de acuerdo con las legislaciones de cada una de las Partes Contratantes.

h) Organismo de Enlace.–Organismos de coordinación e información entre las Instituciones competentes de ambas Partes Contratantes que intervengan en la aplicación del Convenio y faciliten información a los interesados.

2. Los demás términos o expresiones utilizados en este Convenio tienen el significado que se les atribuye por la legislación de la correspondiente Parte Contratante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-03-27.

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