Artículo 1. Objeto y finalidad.
Artículo 1 del Decreto-ley 6/2021, de 2 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de la Administración Regional para la gestión de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU) para la Reactivación Económica y Social de la Región de Murcia. · BORM-s-2021-90333
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-04.
Texto consolidado
1. Este Decreto-Ley tiene por objeto establecer las disposiciones generales necesarias para facilitar la planificación, gestión, ejecución y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación «Next Generation EU» que tienen como finalidad la recuperación por la pandemia de coronavirus y el fomento de una Región más ecológica, más digital y más resiliente, en el marco de las competencias conferidas a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
2. El Decreto-Ley establece un modelo de gobernanza para coordinar la actuación de los órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de las entidades del sector público autonómico de la Región de Murcia con competencias relacionadas con la ejecución de programas provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación «Next Generation EU», entre sí y con las entidades locales, e incorpora un conjunto de medidas administrativas, de organización de los recursos y de gestión presupuestaria y económica que persiguen contribuir a una gestión más ágil y eficiente para facilitar la implementación de los mencionados fondos.
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- → Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 6/2021, de 2 de septiembre, de medidas urgentes de impulso de la Administración Regional para la gestión de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU) para la Reactivación Económica y Social de la Región de Murcia.