Artículo 1. Objeto y finalidad.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-19.
Texto consolidado
Se establece una ayuda extraordinaria de emergencia, en forma de prestación económica de pago único, destinada a las entidades, las empresas y las personas trabajadoras autónomas titulares o gestoras de instalaciones juveniles. Esta ayuda tiene como finalidad favorecer la sostenibilidad económica del sector, que ha sufrido una reducción drástica e involuntaria de sus ingresos económicos o un incremento de los gastos como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19 y, en especial, a causa de las nuevas medidas que adopta la Resolución SLT/2700/2020, de 29 de octubre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-10453.
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