Artículo 1. Supresión del Instituto para la Promoción y la Formación Cooperativas.
Artículo 1 del Decreto-ley 4/2010, de 3 de agosto, de medidas de racionalización y simplificación de la estructura del sector público de la Generalidad de Cataluña. · BOE-A-2010-15126
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-01.
Texto consolidado
1. Se suprime el Instituto para la Promoción y la Formación Cooperativas, creado por la Ley 7/1985, de 14 de mayo. Los objetivos y las funciones que le habían sido atribuidos deben ser ejercidos por el Departamento competente en materia de trabajo.
2. El personal del Instituto para la Promoción y la Formación Cooperativas se integra y pasa a depender del departamento competente en materia de trabajo, dentro del cual se integra también el presupuesto.
3. Asimismo, el patrimonio del Instituto para la Promoción y la Formación Cooperativas se incorpora al patrimonio de la Administración de la Generalidad y queda asignado al departamento competente en materia de trabajo, al que corresponde la adopción de las medidas necesarias en cuanto a conservarlo y utilizarlo para la finalidad prevista.