Artículo 1. Tarifas y recargo.
Artículo 1 del Decreto-ley 36/2020, de 3 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y del impuesto sobre la renta de las personas físicas. · BOE-A-2020-15838
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-06.
Texto consolidado
1.1 La modificación de las tarifas del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos prevista en el apartado 3 del artículo 5 de la Ley 5/2020, del 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, tiene efectos a partir del 1 de junio del 2021.
1.2 Se modifica el apartado 2 del artículo 50 bis de la Ley 5/2017, del 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono, que pasa a tener la redacción siguiente:
«2. El recargo a que se refiere el artículo 34 bis que el Ayuntamiento de Barcelona apruebe antes del 1 de junio del 2021, en su caso, tendrá efectos a partir de esta fecha.»
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