Artículo 1. Ayudas urgentes a las personas trabajadoras con rentas bajas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-12.
Texto consolidado
1. Por decreto del Consell, a propuesta del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se establecerá un régimen de ayudas urgentes, por concesión directa, a personas trabajadoras con rentas bajas que presten sus servicios en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana y se encuentren afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la suspensión total de sus contratos de trabajo, a consecuencia de la paralización de la actividad económica con motivo de la Covid-19.
2. La tramitación y gestión de estas ayudas se atribuye a la Agencia Tributaria Valenciana. La competencia para resolver sobre la concesión de las ayudas corresponderá a la persona titular de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Más artículos de Decreto-ley 3/2020
- → Artículo 2. Razones de interés público que concurren en su concesión e imposibilidad de su convocatoria pública.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 3/2020, de 10 de abril, de adopción de medidas urgentes para establecer ayudas económicas a los trabajadores y las trabajadoras afectados por un ERTE, y a los que han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.